miércoles, 9 de diciembre de 2015

Argentina no es Suazilandia



Como nos habíamos pronunciado acerca de los problemas de la transmisión del mando y la democracia en las dos últimas entradas: La Reunión en Olivos y La Reina, habíamos decidido abstenernos de seguir con el tema, hasta que un jugoso intercambio en twitter con Don Aarón de Anchorena (@aaronanchorena) nos ha hecho rever esta decisión.

En efecto, a raíz de la controversia acerca de la transmisión del mando Don Aarón había sugerido primero una comparación entre nuestro país y una “republiqueta bananera”. Nos habíamos opuesto a semejante comparación por la sencilla razón de que una republiqueta bananera, tal como consta en la expresión, cuenta con la complejidad suficiente como para tener reglas e instituciones a cargo de asegurar la transición entre un gobierno y otro. Don Aarón entonces, fiel a la caballerosidad que lo distingue, habiéndose primero disculpado y reconocido, como se dice en inglés, el error de sus maneras, procedió entonces a compararnos con Suazilandia. Sin duda, eso fue un paso en la dirección correcta, aunque, lamentamos mucho decir, insuficiente.

En primer lugar, Hernán Brienza o Héctor Timerman, por ejemplo, jamás habrían hecho carrera en Suazilandia. En segundo lugar, al menos hasta el día de hoy, Suazilandia no cuenta con una Secretaría de Coordinación Estratégica para el Pensamiento, Nacional o de otra clase. En tercer lugar, para ser funcionario público en Suazilandia, suponemos, hace falta dar un examen psicofísico. En cuarto lugar, en Suazilandia no llaman democracia a hacer todo lo que se le dé la gana al monarca. Y en quinto lugar, y fundamental a nuestros efectos, Suazilandia, al igual que una republiqueta bananera para el caso, cuenta con lo que se suele llamar en la jerga, siguiendo la terminología de H. L. A. Hart en El Concepto de Derecho, un “sistema legal”. (Ignoramos si, en quinto lugar, la opinión pública en Suazilandia es tan fuerte que los fondos buitres podrían doblegar al gobierno con turno con tan solamente indicar un mínimo acto de corrupción como pasar una noche en Nueva York en un hotel lujoso por parte del gobernante, tal como fue el caso del Congo. Irónicamente, los fondos buitres intentaron emplear la misma estrategia en Argentina con muy magros resultados, tal como es de público conocimiento, ya que suponían que la opinión pública argentina era tan fuerte como la del Congo: la Argentina no es el Congo).

En efecto, Hart se hizo famoso por haber sostenido que la diferencia entre un sistema pre-legal y otro legal consiste en que solamente el segundo cuenta con reglas en sentido fuerte. Para ilustrar el primer caso, Hart da el ejemplo de una población que vive en cierto territorio bajo un gobernante unipersonal, que Hart llamaba Rex pero que nosotros, por obvias razones, vamos a llamar Rexina, cuyas decisiones son las que gobiernan las acciones de todos los habitantes. La tesis de Hart es que semejante sistema—compuesto únicamente por estas reglas primarias que provienen de la voluntad de Rexina—no está preparado para subsistir si por alguna razón (v.g., Dios no lo permita, debido a que Rexina, o su favorito, pierde una elección) Rexina debe dejar su lugar a otro gobernante. Es precisamente por eso que las sociedades pasan de estos sistemas pre-legales que giran alrededor de reglas primarias que emanan de la voluntad de una sola persona a sistemas legales que además cuentan con reglas secundarias o de segundo orden que regulan precisamente la subsistencia del sistema legal en su conjunto.

Nuestro punto es que, hasta donde sabemos, a diferencia de nuestro país, Suazilandia cuenta con estas reglas secundarias, que según Hart definen la existencia de un sistema legal en sentido estricto, y que se encargan de la subsistencia del sistema legal para evitar precisamente que si por alguna razón la sola persona que gobierna deja de hacerlo, el sistema legal no sea conmoriente y que la ceremonia del traspaso sea completamente transparente.

En efecto, en Suazilandia el traspaso está claramente regulado. La regla consiste en que ningún rey puede elegir a su sucesor, sino que solamente el hijo de la la Gran Esposa o Indovuzaki (Elefanta o Reina Madre) será automáticamente el próximo Rey. Sin embargo, para evitar arbitrariedades, únicamente la familia real decide cuál de las esposas del anterior rey será Elefanta o Reina Madre.

A primera vista, el sistema parece ser algo relajado. Sin embargo, es mucho más demandante de lo que parece. La Gran Esposa ha de reunir algunas condiciones: no pertenecer al linaje de la familia reinante, Nkhosi-Dlamini, tener sólo un hijo, pertenecer a una buena familia, no debe ser una esposa ritual del monarca, amén de que debe tener buen carácter (wikipedia). Por si hiciera falta aclararlo, está pésimamente visto y por lo tanto expuesto a peligrosas represalias, que algún clan de la tribu no asista a la ceremonia de asunción del Rey.

Para decirlo al revés, no se conoce en la historia de Suazilandia incertidumbre alguna acerca de cómo, cuándo, dónde se hace y quiénes participan en la ceremonia de traspaso del mando, ni tampoco que los demás clanes no asistan a la ceremonia de transmisión del mando. Podríamos atribuirlo a la suerte, pero, en esta época desencantada y postweberiana que vivimos, suponemos que se debe a la existencia de una clara regla secundaria al respecto y a la existencia de una conciencia pública y de clanes de mente abierta o democráticos, por así decir. Quién sabe, quizás con el tiempo nosotros también los tendremos.

2 comentarios:

Anónimo dijo...

Pasa algo si el nuevo rey decide cambiar el lugar de la ceremonia?
El rey anterior vuelve a su casa en clase turista?

Andrés Rosler dijo...

Puede ser. Lo que sonaría extraño es que un rey diga que no puede asistir a la ceremonia, en especial porque coincide con otra ceremonia lejos de ahí.